La Comisión Europea ha iniciado un procedimiento de infracción contra España tras constatar obstáculos a la OPA del BBVA sobre el Banco Sabadell, una decisión que se alinea con las advertencias previas del Ejecutivo comunitario y que marca un nuevo episodio en la supervisión del mercado bancario europeo. Aunque de momento se trata de una carta de emplazamiento solicitando información al Gobierno español, el proceso podría escalar hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y desembocar en sanciones económicas.
El núcleo del conflicto reside en dos disposiciones del derecho español que otorgan al Ministerio de Economía facultades amplias para vetar fusiones o adquisiciones bancarias, incluso cuando estas superan el umbral del 10 % y entran en el ámbito de supervisión del Banco Central Europeo (BCE). Según Bruselas, estas competencias vulneran tanto el marco regulatorio de la Unión Bancaria como principios fundamentales de la UE como la libertad de establecimiento y la libre circulación de capitales.
La Comisión argumenta que los poderes discrecionales del Ejecutivo español, que en junio autorizó la OPA con la condición de impedir una fusión efectiva durante tres años, suponen una barrera para la integración del sistema financiero europeo. Desde la perspectiva comunitaria, consolidaciones como la del BBVA y el Sabadell no solo son lícitas, sino que contribuyen a una mayor eficiencia económica y al acceso competitivo a productos financieros, uno de los objetivos estratégicos de la unión de mercados de capitales.
Proceso
Este procedimiento se produce tras meses de contactos informales iniciados en 2024 a través del mecanismo EU Pilot. A pesar del diálogo, el Gobierno español no ha introducido modificaciones sustanciales en la legislación, lo que ha llevado a Bruselas a activar el expediente formal.
El proceso podría prolongarse durante meses. España dispone ahora de dos meses para responder a la carta de emplazamiento. Si la Comisión considera que las explicaciones no satisfacen sus exigencias legales, emitirá un dictamen motivado. Si tampoco hay cambios tras esta segunda fase, la Comisión podrá remitir el caso al TJUE, que decidiría sobre la imposición de una multa —única o periódica— en función de la gravedad de la infracción.
España mantiene actualmente 91 procedimientos de infracción abiertos, aunque solo uno ha concluido en sanción: en 2018, por el incumplimiento de la normativa europea sobre depuración de aguas residuales. Aquel caso acabó con una multa inicial de 12 millones de euros y penalizaciones adicionales semestrales. Este nuevo caso bancario podría convertirse en un precedente con implicaciones duraderas para la autonomía reguladora de los Estados en materia financiera.